Perdones

Es posible que ciertos ciudadanos extranjeros no puedan ingresar u obtener estatus en los Estados Unidos porque son inadmisibles. Estos ciudadanos extranjeros pueden superar la inadmisibilidad si son elegibles para solicitar y recibir una exención. Debido a la complejidad de la ley de inmigración, hay muchos tipos de exenciones disponibles para violaciones específicas de inmigración. En caso de que esté confundido acerca de los términos "deportación" y "expulsión", recuerde que, a efectos prácticos, estos dos términos son intercambiables: significan lo mismo. Se está enviando deportación / expulsión de los EE. UU., Generalmente a su país de origen.

Manejamos TODAS las exenciones y podemos ayudarlo a aconsejarle cuándo debe presentar una exención, qué tipo de exención y qué documentación de respaldo necesita para ayudar a aumentar sus posibilidades de que se otorgue la exención. Aquí están las exenciones más comunes que vemos en nuestra práctica, sin embargo, experimentamos en todas las exenciones.

waivers

PERDON 601A

Según la ley actual, muchos inmigrantes que ingresan al país sin la documentación adecuada no pueden solicitar la residencia (una "tarjeta verde") en los Estados Unidos y, en cambio, deben solicitar su residencia permanente en el extranjero. Si alguien está en los Estados Unidos sin documentación por más de un año y se va, esto puede resultar en una prohibición de regresar por diez años. Para regresar, el solicitante tendría que obtener una exención de esta barra antes de poder volver a ingresar a los Estados Unidos.

Bajo la exención provisional 601A, una persona sabrá antes de salir de los EE. UU. Si la exención se otorga, y la espera afuera suele ser inferior a un mes. El individuo finaliza su residencia permanente legal en el consulado de los Estados Unidos en su país de origen y regresa legalmente como residente permanente legal de los Estados Unidos.

¿QUIÉN ES ELEGIBLE PARA LA EXENCIÓN 601A?

Los solicitantes que son cónyuge o hijo de un ciudadano de los Estados Unidos (USC) o cónyuge de un residente permanente legal (LPR) son elegibles para presentar una solicitud. El solicitante debe estar físicamente presente en los Estados Unidos y no tener una entrevista programada en un consulado estadounidense en el extranjero. Sin embargo, para que se le otorgue la exención, el Solicitante debe demostrar que el cónyuge o padre de la USC o LPR del Solicitante sufrirá una dificultad extrema si no se le otorga la exención. Desafortunadamente, las personas cuyo único pariente inmediato es un ciudadano estadounidense mayor de 21 años no califican para la exención 601A.

Solo aquellos individuos cuya única violación de inmigración es la entrada ilegal son elegibles para solicitar la exención provisional. Aquellos que tengan infracciones penales u otros problemas de inmigración, órdenes de expulsión anteriores o reingreso después de la deportación no serán elegibles.

Perdon 212

Permiso para volver a solicitar la admisión en los Estados Unidos después de la deportación o expulsión, también conocido como "consentimiento para volver a solicitar", y técnicamente no es una exención. El consentimiento para volver a presentar una solicitud es un remedio distinto que permite que un ciudadano extranjero solicite la admisión después de que se le ordene la eliminación. Si se le ordena que lo retiren de los Estados Unidos, se le impedirá volver a ingresar a los EE. UU. Por un cierto período de tiempo y debe solicitar la exención.

¿CÓMO SOLICITAR LA EXENCIÓN 212?

Una solicitud I-212 exitosa funciona de manera muy similar a un perdón por una condena penal: las autoridades de inmigración de EE. UU. Acuerdan levantar el listón para volver a ingresar y permitirle solicitar una visa para volver a ingresar a los EE. UU. La exención I-212 es discrecional, lo que significa que las autoridades de inmigración de EE. UU. No están obligadas a darle una, sin importar cuán convincente sea su solicitud. Obviamente, sin embargo, cuanto más persuasiva sea su aplicación, mayores serán sus posibilidades de recibir una exención.

Algunos de los factores más importantes que el oficial tendrá en cuenta incluyen:

  • La cantidad de tiempo que ha pasado desde que fue deportado (cuanto más tiempo mejor);
  • Si ha cometido algún acto criminal, ya sea dentro o fuera de los EE. UU .;
  • Si su barra de reingreso se basa en un acto criminal, si hay evidencia de rehabilitación;
  • Cuánto tiempo ha residido en los EE. UU. Y cuánto tiempo estuvo en estado legal;
  • Si tiene familiares cercanos que residen en los EE. UU .;
  • Si tiene responsabilidades familiares en los EE. UU .;
  • Si la denegación de su solicitud causará dificultades indebidas a su ciudadano estadounidense o sus familiares residentes permanentes oa usted mismo. El grado de dificultad debe ser mayor que el grado de dificultad habitual que ocurre cuando alguien es deportado y no se le permite regresar .;
  • Si tiene valiosas habilidades profesionales o vocacionales, el grado de necesidad de estas habilidades en los Estados Unidos;
  • Si ha demostrado un buen carácter moral, ya sea dentro o fuera de los EE. UU .;
  • Si permitirle volver a ingresar a los Estados Unidos dañaría la seguridad o el bienestar de la nación .;
  • Si es inadmisible por otras razones que no sean las razones por las cuales una exención I-212 podría curar (en otras palabras, si sería inadmisible incluso si su exención I-212 fuera otorgada);
  • Si será elegible para la residencia permanente poco después de que se otorgue una exención I-212.

Perdones 212(h) para condenas criminales

La Sección 212 (h) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad proporciona una exención discrecional para ciertos motivos penales de inadmisibilidad, como delitos que implican depravación moral, condenas penales múltiples, prostitución o un delito de posesión simple de 30 gramos o menos de marihuana. Ciertos motivos de inadmisibilidad pueden ser renunciados en el caso de un extranjero que demuestre que su expulsión de los Estados Unidos resultaría en dificultades extremas para su padre, cónyuge, hijo o hija ciudadano estadounidense o residente legal. Al evaluar las dificultades extremas de un pariente calificado, los factores a considerar incluyen, entre otros:

  • si el pariente calificado tiene lazos familiares con este país;
  • la extensión de los lazos familiares del pariente calificado fuera de los Estados Unidos;
  • condiciones en el país de remoción;
  • impacto financiero de la salida de este país; y
  • condiciones de salud importantes, particularmente cuando están vinculadas a la falta de disponibilidad de atención médica adecuada en el país al que se trasladaría el pariente calificado